miércoles, 7 de septiembre de 2011

PRESENTACION

En el devenir histórico del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, la Relatoría ha ejercido sus funciones conforme a aquellas disposiciones legales y reglamentarias que han servido de faro y guia en el trasegar diario institucional, sin embargo, al iniciar esta nueva etapa, es necesario poner de presente la necesidad apremiante de "relatar", que debe acompañar permanentemente nuestro ejercicio laboral. Es por ello, que a manera de presentación, retomamos las palabras del Señor Procurador General de la Nación, Dr. Alejandro Ordoñez Maldonado, cuando al hacer referencia a la función y fin principal de la Relatoria ha expresado:    

“Según el Diccionario de la Lengua Española el término relatar significa referir, cuya primera acepción es “dar a conocer, de palabra o por escrito un hecho verdadero o ficticio”. Y, strictu sensu, esa es la función fundamental de toda Relatoría, en la medida que ésta connota una actividad intelectual, dirigida a la transmisión de información de ciertos eventos, situaciones, decisiones, etc.
No obstante, relatar no es simplemente contar sucesos como si se tratara de una repetición a secas de lo narrado. Por el contrario, implica un proceso y un método de reconstrucción de la información, a partir de un riguroso análisis, para facilitar su comprensión y su difusión a los destinatarios de la misma…”
“…Lo anterior pone de presente la necesidad de fortalecer la Relatoría de lo público, que además de ser un medio para garantizar los derechos del ciudadano, es el instrumento idóneo para preservar la memoria institucional de las entidades estatales; lo cual posibilita la coherencia jurídica de las diversas decisiones derivadas del ejercicio del poder del Estado, toda vez que, luego de que estas son analizadas, organizadas, recopiladas y sistematizadas, mediante la labor de relatoría, deben servir de base para identificar líneas o tendencias decisionales que permitan dar las mismas o similares soluciones a aquellas situaciones que posean patrones fácticos análogos”.


Relator Tribunal Superior de Medellín